En este post se analizará la definición de comerciantes, contratos de comercio, personas naturales y jurídicas inmiscuidas en los contratos de comercio, solemnidades, así como el concepto del contrato Joint-Venture.
A continuación, se presentan dichos términos:
Comerciantes
Los comerciantes son personas que realizan comercio es decir comprando y vendiendo productos, formando así una actividad mercantil y haciendo del comercio su labor habitual.
Estas personas se dedican por completo a esta actividad profesional desempeñando un rol importante en la economía del país.
Razón por la cual deben encontrarse sujetas bajo las leyes mercantiles que rigen en la nación.
Las cuales deben ser respetadas y cumplidas por las personas que hacen actividad comercial.
Contratos de Comercio
Los contratos de comercio son acuerdos que por voluntad de las partes se encuentran destinados a crear obligaciones.
Los contratos son realizados con una finalidad económica para ser presentada a un mercado.
Por lo que existen dos factores, el precio que oferta la persona que vende y el dinero que entrega la persona que compra.
Los contratos de comercio deben regirse bajo el Código de Comercio vigente los cuales deben ser interpretados bajo este reglamento.
Aunque existe la posibilidad de encontrar contratos bajo el sistema mercantil los cuales a pesar de no encontrarse incluidos en este código pueden llegar a celebrarse.
Personas Naturales en los Contratos de Comercio
Las personas naturales son aquellas capaces de contratar legalmente dentro del país y hacen del comercio su actividad habitual.
Están sujetas a lo establecido en el Código de Comercio y además deben acatar los siguientes requisitos:
- Poseer capacidad para contratar de acuerdo al Código Civil.
- Afiliarse a una de las Cámaras de Comercio.
- Poseer la matrícula de comercio, así como la cédula de afiliación a una de las Cámaras.
Personas Jurídicas en los Contratos de Comercio
Las personas jurídicas figuran como organización o institución, las cuales pueden perseguir o no fines de lucro.
Pueden ser corporaciones o fundaciones que tienen la capacidad de ejercer derechos, pero al mismo tiempo contraer obligaciones.
Las personas jurídicas pueden constituirse por personas naturales o por jurídicas, las mismas que tendrán representación judicial y extrajudicial.
Estas personas cuentan con un patrimonio propio lo que les permite alcanzar sus proyecciones y objetivos, en caso de no alcanzarlos la persona jurídica puede extinguirse.
Solemnidades en los Contratos de Comercio
Hablamos de solemnidad en los contratos de comercio cuando nos encontramos ante un acto jurídico por lo que se necesita la presencia de un funcionario público para que dé constancia y validez de los hechos suscitados.
Ante lo cual el término solemnidad refiere a los actos que necesitan de una autoridad de poder público que permita certificar la ejecución de algunos actos importantes.
Lo cual perfecciona dichos contratos en los que se necesitan solemnidad.
Ante lo cual los contratos establecidos por solemnidad deben encontrarse bajo la actividad jurídica para poder ser desarrollado bajo los criterios de la ley.
Contrato Joint-Venture
El contrato Joint-Venture es un acuerdo realizado por dos o más personas las cuales pueden ser naturales o jurídicas.
Las mismas que llegan a un consenso para llevar a cabo una asociación entre las partes interesadas por un periodo de tiempo definido hasta conseguir los objetivos proyectados.
Al finalizar el contrato podrán recibir las utilidades en caso de que el contrato haya igualado o superado las expectativas programadas.
Caso contrario las pérdidas producto de que el contrato celebrado no haya alcanzado lo pactado.



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